martes, 13 de abril de 2010

"Expediente Técnico" de las máquinas nuevas


La Directiva de Máquinas 2006/42/EC, en su Anexo I “Requisitos esenciales. Principios Generales” muestra las guías para realización del Expediente Técnico.

En él claramente se deben:

- mostrar los riesgos inherentes al uso de la máquina

- determinar los requisitos esenciales pertinentes (los que son aplicables según la máquina que se trate)

- describir la o las soluciones aplicadas.


Obviamente, y siempre que sea posible, se recomienda usar soluciones basadas en normas armonizadas, ya que la Directiva 2006/42/EC dice: “Una máquina fabricada de conformidad con una norma armonizada, cuya referencia se haya publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, se considerará conforme a los requisitos esenciales de seguridad y de salud cubiertos por dicha norma armonizada”.

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